domingo, 26 de febrero de 2017

Principio de Estabilidad

El principio de la estabilidad supone que el trabajador, en desarrollo de su contrato de trabajo tiene derecho a que mientras se mantengan las causas que dieron origen al vínculo laboral, puede continuar prestando sus servicios, salvo que el empleador de por terminado el contrato de trabajo, en cuyo caso el trabajador tendrá derecho al reconocimiento de una indemnización. También señala la protección a la estabilidad reforzada de una mujer en estado de embarazo (artículos 13, 16, 42, 43, 44 y 53 de la Constitución)

Se divide en diferentes fueros (privilegios):

El fuero sindical: (Artículo 1 del Decreto 204 de 1957)
El fuero de maternidad: (Artículo 35 de la Ley 50 de 1990.)
El fuero circunstancial: ( Artículo 36 del Decreto 1469 de 1978.)
El fuero por discapacidad:( Artículo 26 de la Ley 361 de 1997.)

No hay comentarios:

Publicar un comentario