En desarrollo de este principio debemos empezar por
recordar que todas las personas nacen libres e iguales ante la ley. Ahora bien,
en el ámbito laboral, se establece que todos los trabajadores deben ser
tratados con las mismas normas y garantías, sin que exista la posibilidad de
preferencias o beneficios de unos frente a otros, por razón de su carácter
intelectual o su labor, es decir, que la normatividad que regula la materia se
debe aplicar íntegramente a los trabajadores sin considerar aspectos subjetivos
sino solamente la condición de trabajar.
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